IMPULSANDO ACCIONES PARA LA INTERVENCION HUMANITARIA INTERNACIONAL Y FRENAR EL EXTERMINIO MEDIANTE LA APERTURA DEL CANAL HUMANITARIO

My Voice Counts Inc D.A.B, Comunidad Venezuela organización sin fines de lucro y la Federación Interamericana de Abogados acuden ante la OEA para dar inicio al Camino hacia la ONU y otros 9 organismos internacionales formalizando la iniciativa de Apertura del Canal Humanitario a través de la Intervención Humanitaria Internacional con consentimiento y por invitación.

Hoy el Régimen Dictatorial dirigido por Nicolás Maduro, actúa impunemente sin ningún temor a la Justicia, viola de forma generalizada y sistemática los DDHH de los Venezolanos y sin respeto alguno sus derechos fundamentales garantizados en la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, en las leyes y en los Convenios Internacionales suscritos por el Estado.

Existe una esperanza de poder lograr la Paz y el restablecimiento del Estado de Derecho en nuestra amada Venezuela, es por esta razón que acudimos ante la competencia de Autoridades internacionales, con el fin de que se nos brinde el apoyo para la Apertura del Canal Humanitario a través de la Intervención Humanitaria Internacional con consentimiento y por invitación; formalizando nuestra denuncia incoada contra el Estado Venezolano por la Violación generalizada y sistemática del derecho a la vida (Salud y Alimentación), la cual se encuentra además en proceso ante el Tribunal Supremo de Justicia legítimo.

Con el objeto de solicitar la Apertura del canal Humanitario a través de la Intervención Humanitaria con consentimiento y por invitación acudimos ante el Tribunal Supremo de Justicia de la República Bolivariana de Venezuela (legítimo), que se encuentra ejerciendo sus funciones en jurisdicción especial en la ciudad de Miami Florida, para interponer contra el Estado Venezolano, Acción Popular Colectiva de Tutela Judicial Efectiva a fin de proteger los derechos e intereses colectivos y difusos de los venezolanos de conformidad con el contenido del Artículo 26 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, igualmente solicitamos se sirviera emitir Medida Cautelar Innominada de Protección Constitucional para restablecer, garantizar y proteger el derecho a la salud, la alimentación y la vida, mediante la Orden de Apertura de un “CANAL DE AYUDA HUMANITARIA PARA VENEZUELA”, y ejerza la tutela efectiva sobre los DDHH, antes mencionados, basados en los argumentos que esgrimimos en nuestra querella.

En dicha acción judicial, se acompañaron informes de Organizaciones No Gubernamentales sobre la Crisis Humanitaria que padece el pueblo de Venezuela, Estadísticas de Organizaciones Internacionales y Nacionales sobre el desabastecimiento de medicamentos, insumos médicos y las precarias condiciones del sector salud en nuestro país, pero además y los más relevante, acompañamos testimoniales y material audiovisual de quienes son víctimas de la Crisis Humanitaria, así como videos de las declaraciones de los Médicos que han sido testigos de la grave situación que viven los pacientes, así como la grave situación que se vive por el deterioro y deplorable situación de insalubridad en las cuales se encuentran los Centros Hospitalarios del Sector Público.

En fecha 15 de Noviembre del año 2017, la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, en nombre de la República de Venezuela y por Autoridad de la Ley, se pronuncia y DECLARA procedente nuestra solicitud de la MEDIDA CAUTELAR INNOMINADA, y en consecuencia DECLARA LA URGENTE APERTURA DE UN CANAL INTERNACIONAL DE AYUDA HUMANITARIA. También decide procedente nuestra petición sobre la NECESARIA INTERVENCIÓN HUMANITARIA de la ORGANIZACIÓN DE LAS NACIONES UNIDAS ante el Consejo de Seguridad; y por último ordena la Notificación del Estado y de los Organismos Internacionales.

La aprobación de la INTERVENCIÓN INTERNACIONAL HUMANITARIA a favor del pueblo de Venezuela, por la flagrante violación a su Derecho a la Vida, debe rescatar la Paz de nuestro pueblo que hoy se encuentra vulnerada.

Somos consciente que nuestra meta no es fácil, pero lo más importante es que es posible, mientras sigamos trabajando con la convicción, fe, firmeza, perseverancia, fuerza, honestidad, a tiempo completo, sin descanso y con el motor que nos impulsa a no desvanecer, que no es otro, que el amor inmenso que sentimos por nuestro pueblo y amada Venezuela, que hoy nos necesita a todos.

La APERTURA DEL CANAL HUMANITARIO A TRAVES DE INTERVENCIÓN HUMANITARIA INTERNACIONAL, ha sido solicitada por la Máxima Autoridad de uno de los Poderes del Estado, que le corresponde Administrar Justicia en nombre de la República y por Autoridad de la ley, mal podríamos calificar, en este caso, de INJERENCISTA nuestra solicitud, puesto que nuestra petición de INTERVENCIÓN HUMANITARIA INTERNACIONAL por parte del CONSEJO DE SEGURIDAD DE LA ONU, está basada y fundamentada en una decisión emanada del Tribunal Supremo de Justicia.

Por otra parte, tenemos pendiente otras acciones entre los cuales está:

  1. Presentar formalmente ante la Corte Interamericana de Derechos Humanos, una denuncia apoyada en la Sentencia dictada por el Tribunal Supremo de Justicia, conjuntamente con los testimonios de las víctimas de la CRISIS HUMANITARIA, con el fin que se sirvan acordar Medidas Cautelares de Protección a favor de las mencionadas víctimas.
  2. Igualmente estamos trabajando sobre la posibilidad de llevar a cabo una Consulta Popular, mediante la cual se le dé la oportunidad al pueblo venezolano de decidir sobre si aprueba o no la APERTURA DEL CANAL HUMANITARIO con la ASISTENCIA DE LA INTERVENCIÓN INTERNACIONAL HUMANITARIA del Consejo de Seguridad de la ONU, con el fin de que este organismo, mediante el apoyo militar internacional, garantice el Ingreso, Distribución de los Medicamentos e insumos Médicos, hasta la estabilización y recuperación del Sector Salud en Venezuela según un programa de Ayuda de distribución en manos de Organización y Fundaciones sin fines de lucro en Venezuela para la justa distribución a las víctimas.

De lograrse la consulta popular, no tenemos la menor duda que la mayoría del pueblo de Venezuela, que hoy es víctima de la tragedia de esta EMERGENCIA HUMANITARIA, aprobará la APERTURA DEL CANAL HUMANITARIO con la ASISTENCIA DE LA INTERVENCIÓN INTERNACIONAL HUMANITARIA, lo cual traería como consecuencia que, ejerciendo nuestra soberanía que reside en el pueblo, el Régimen y la Comunidad Internacional que desconocen la legitimidad del Tribunal Supremo de Justicia, no podrían desconocer la voluntad y decisión de un pueblo que pide AUXILIO a la comunidad Internacional.